Un detalle que se desprende de la información abajo detallada, el cardenal João Braz de Aviz y Mons. José Rodríguez Carballo, O.F.M., sin que nos lo hayan anunciado de forma explícita han sido confirmados como prefecto y secretario del dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, luego de la entrada en vigencia de Prædicate Evangelium. Por lo menos así son identificados en el Rescripto sobre las asociaciones públicas de fieles in itinere que publica el boletín diario de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Jun-15-2022. ¿Y qué es lo que dice ese rescripto?
Esta es una información de Vatican News, Jun-15-2022.
Asociaciones públicas de fieles in itinere: necesaria autorización Santa Sede
El obispo diocesano debe contar a partir de ahora con la autorización del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada antes de erigir asociaciones de fieles que esperan convertirse en Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica
Vatican News
"El Obispo diocesano, antes de erigir -por decreto- una asociación pública de fieles con vistas a convertirse en un Instituto de Vida Consagrada o en una Sociedad de Vida Apostólica de derecho diocesano, debe obtener la autorización escrita del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica ".
Así lo ha dispuesto el Papa Francisco en un Rescripto sobre las asociaciones públicas de fieles in itinere, tras la audiencia concedida el 7 de febrero al cardenal João Braz de Aviz y al arzobispo José Rodríguez Carballo, prefecto y secretario respectivamente del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.
El Rescripto, que entra en vigor hoy 15 de junio con su publicación en L'Osservatore Romano, se inserta en el marco de la sinodalidad promovida por Francisco, con la intención de desarrollar una colaboración más estrecha entre las oficinas de la Santa Sede y los obispos diocesanos en una "escucha mutua", como había subrayado el Papa en su discurso a la Asamblea Plenaria de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica el 11 de diciembre del año pasado. Escucha y colaboración que se declinan en un proceso de discernimiento y acompañamiento con especial atención a las recientes fundaciones y a las nuevas formas de vida consagrada, tal y como establece el Código de Derecho Canónico (can. 605).