Tuesday, November 02, 2021

“El Don de Traditionis Custodes”, por el cardenal Blase Cupich, arzobispo de Chicago


Cuando dimos cuenta de las medidas tomadas por el cardenal Blase Cupich, arzobispo de Chicago, EEUU, en la aplicación de Traditionis Custodes, hicimos notar que eran benignas y que el cardenal Cupich no es precisamente un adalid en la defensa del vetus ordo, sino más bien siendo la punta de lanza de Francisco en la Iglesia de EEUU era de inferirse que a futuro iba a apretar ciertas tuercas. Pues bien, según parece, ese momento se aproxima, el cardenal Cupich insinúa que va tomar una decisión definitiva sobre la aplicación en su jurisdicción de Traditionis Custodes, y no en forma favorable y amplia, sino restrictiva. Si ello ocurre, daría la línea en la cual otros obispos en EEUU se moverían para aplicar Traditionis Custodes.

¿De dónde sacamos todo eso? Pues de un escrito suyo con fecha Nov-01-2021, publicado en PrayTell Blog, no ciertamente un medio amigable con la liturgia tradicional.

En su escrito, el cardenal Cupich además, y creemos que es lo mismo que piensan en la Casa Santa Marta, expresa la convicción, aunque no lo dice directamente porque en estricta justicia es imposible, de que el vetus ordo fue abrogado, consecuentemente a futuro solamente debe existir el Novus Ordo, eso sí, con retoques cosméticos como incienso, cantos gregorianos, un poco más de pausas de silencio, pero hasta allí no más. Por lo demás, los obispos deben ejercer bullying acompañamiento a los fieles para que sí o sí hagan el cambio al Novus Ordo.

Nuestra traducción.

El Don de Traditionis Custodes

1 de noviembre de 2021
por Blase Cupich


Durante una reciente reunión con nuestros sacerdotes en Chicago, me preguntaron sobre el motu proprio, Traditionis custodes (TC), emitido recientemente por el Papa Francisco. Tenían curiosidad por saber cómo respondería la arquidiócesis y qué perspectivas puede ofrecernos este documento sobre la liturgia.

Creo que es importante señalar desde el principio que una lectura cuidadosa de la motu proprio revela la intención del Santo Padre en la publicación de este documento. En pocas palabras, se trata de restablecer en toda la Iglesia de Rito Romano una oración única e idéntica que exprese su unidad, según los libros litúrgicos promulgados por los santos Papas Pablo VI y Juan Pablo II, de conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II. En otras palabras, no hay dos formas del Rito Romano, porque la palabra “reforma” significa algo, a saber, que dejamos atrás una forma anterior de celebrar los sacramentos y adoptamos una nueva forma.

Para poner esa palabra “reforma” en perspectiva, sólo recuerden algunas de las otras reformas posteriores al Concilio Vaticano II, que hemos presenciado en nuestros días. En 1983, el Papa Juan Pablo II reformó el Código de Derecho Canónico de 1917 para asegurar que el Derecho de la Iglesia se ajustara a las enseñanzas del Concilio Vaticano II. Asimismo, el santo Papa reformó en 1993 el Catecismo de la Iglesia Católica, nuevamente con el propósito de actualizarlo en vista de las perspectivas teológicas del Concilio. La forma en que rendimos culto también fue reformada en vista de la nueva autocomprensión de la Iglesia que se encuentra en la constitución dogmática Lumen Gentium y los desarrollos teológicos y litúrgicos expresados en la Constitución sobre la Liturgia, Sacrosanctum Concilium. Con las reformas del Código y del Catecismo, la Iglesia dejó atrás sus formas anteriores. A nadie se le ocurriría argumentar que las formas anteriores del Código o del Catecismo todavía podrían usarse, simplemente porque la palabra reforma significa algo. Y, entonces, tiene que significar algo con respecto a la reforma litúrgica.

Con ese punto de partida, el Papa Francisco ofrece tres principios rectores importantes para recibir e implementar TC. El primero es la unidad de la Iglesia. El arzobispo Augustine DiNoia, secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, hizo la observación en una entrevista con Cindy Wooden de Catholic News Service que “cuando San Juan Pablo y el Papa Benedicto ampliaron la posibilidad de utilizar la Misa anterior al Vaticano II, esperaban promover la unidad en la iglesia y contrarrestar los abusos que fueron generalizados en la celebración de la Misa posterior al Vaticano II”. Esta aspiración al otorgar la concesión para usar la forma anterior de la liturgia fue sanar la brecha con los miembros de la Sociedad de San Pío X, establecida por el difunto arzobispo Marcel Lefebvre. Lamentablemente, sin embargo, eso no se logró. En cambio, el arzobispo observó, “lo que tenemos ahora es un movimiento dentro de la propia iglesia, aparentemente respaldado por sus líderes, que siembra división al socavar las reformas del Concilio Vaticano II a través del rechazo de la más importante de ellas: la reforma del Rito Romano”.

Un segundo principio rector que aborda el Papa en TC es que debe haber un reconocimiento sólido e inequívoco por parte de todos los católicos de que el Concilio Vaticano II y sus reformas no solo son una acción auténtica del Espíritu Santo, sino que también están en continuidad con el Tradición de la Iglesia. En particular, este reconocimiento significa la plena aceptación de que “los libros litúrgicos promulgados por San Pablo VI y San Juan Pablo II, de conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II, son la expresión única de la lex orandi del Rito Romano” [1].

Un tercer principio es el papel del obispo como único moderador, promotor y guardián de toda la vida litúrgica en su diócesis. El Papa Francisco, al emitir TC, ha devuelto la competencia al obispo local para la regulación del uso como una concesión excepcional de la liturgia anterior. En consecuencia, cada obispo debe decidir si y cuándo puede ser oportuno conceder excepcionalmente el uso de rituales anteriores a las reformas litúrgicas de la liturgia del Concilio Vaticano II (Missale Romanum de 1962 y Rituale Romanum de 1952). En su carta a los obispos de todo el mundo para acompañar el texto de TC, el Papa Francisco deja en claro que el obispo local tiene el deber de tomar su decisión de una manera que promueva en su diócesis el regreso a una forma de celebración unitaria.

El cumplimiento pastoral de los objetivos de TC requerirá que nosotros, como pastores, acompañemos a las personas para llegar a comprender el vínculo entre la forma en que rendimos culto y lo que creemos [2], teniendo presente el deseo del Santo Padre de que los pastores conduzcan a los fieles al uso exclusivo de los libros litúrgicos reformados. El acompañamiento puede tomar la forma de visitas a los fieles que han asistido regularmente a Misa y celebrado los sacramentos con los rituales anteriores para ayudarlos a comprender los principios esenciales de renovación solicitados en el Concilio Vaticano II. También debe involucrar ayudar a las personas a apreciar cómo la Misa reformada les presenta un mayor uso de las escrituras y oraciones de la tradición romana, así como un calendario litúrgico actualizado de fiestas que incluye a los santos recientemente canonizados. El acompañamiento también puede significar incluir creativamente en la Misa reformada por el Concilio elementos que las personas han encontrado nutritivos en la celebración de la forma anterior de la Misa, que ya han sido una opción, por ejemplo, movimientos y gestos reverentes, uso del canto gregoriano, latín e incienso y períodos prolongados de silencio dentro de la liturgia.

Creo que podemos aprovechar esta oportunidad para ayudar a toda nuestra gente a llegar a una comprensión más completa del gran regalo que el Concilio nos ha dado al reformar la forma en que rendimos culto. Me tomo en serio mi obligación de avanzar de una manera que promueva el retorno a una forma de celebración unitaria de acuerdo con las directrices de TC, pero mientras tanto, todos debemos orar, como lo hizo Jesús la noche antes de morir, para que todos sean uno.

El cardenal Blase Cupich es el arzobispo de la Arquidiócesis de Chicago, Illinois.

____________________
[1] Traditionis Custodes, art. 1.
[2] Véase Prospero de Aquitania, Patrologia Latina, 51, págs. 209–10: “Consideremos los sacramentos de la oración sacerdotal, que habiendo sido transmitidos por los apóstoles se celebran uniformemente en todo el mundo y en cada Iglesia católica para que la ley de la oración pudiera establecer la ley de la fe [ut legem credendi lex statuat supplicandi]”.