La siguiente es una traducción adaptada de Secretum Meum Mihi de un artículo publicado en Catholic World Report, Ene-11-2021, y firmado por el P. Peter Stravinskas.
Confusión doblemente confundida: Sobre el motu proprio Spiritus Domini
El problema subyacente de este documento es que eviscera la clara enseñanza de San Juan Pablo II en la Exhortación Apostólica postsinodal Christifideles Laici.
11 de Enero de 2021 │ Peter MJ Stravinskas
El último motu proprio del Papa Francisco, Spiritus Domini, abre los ministerios menores de lector y acólito a las mujeres. En la superficie, esto puede parecer mucho más que nada, ya que las mujeres han estado funcionando como lectoras y acólitas durante décadas. Dios sabe que casi todo el mundo tiene una abuela que ha estado distribuyendo la Sagrada Comunión durante años.¹
Sin embargo, hay mucho más que requiere consideración aquí más allá de las personas que realizan “funciones”.²
El problema de fondo de este documento es que eviscera la clara enseñanza de San Juan Pablo II en la Exhortación Apostólica postsinodal Christifideles Laici (1988), donde leemos:Cuando la necesidad o la utilidad de la Iglesia lo exija, los pastores —según las normas establecidas por el derecho universal— pueden confiar a los fieles laicos algunas tareas que, si bien están conectadas a su propio ministerio de pastores, no exigen, sin embargo, el carácter del Orden. El Código de Derecho Canónico escribe: «Donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, es decir, ejercitar el ministerio de la palabra, presidir oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y dar la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho». Sin embargo, el ejercicio de estas tareas no hace del fiel laico un pastor. En realidad, no es la tarea lo que constituye el ministerio, sino la ordenación sacramental. Sólo el sacramento del Orden atribuye al ministerio ordenado una peculiar participación en el oficio de Cristo Cabeza y Pastor y en su sacerdocio eterno. La tarea realizada en calidad de suplente tiene su legitimación —formal e inmediatamente— en el encargo oficial hecho por los pastores, y depende, en su concreto ejercicio, de la dirección de la autoridad eclesiástica. (n. 23)
Juan Pablo continúa:
En la misma Asamblea sinodal no han faltado, sin embargo, junto a los positivos, otros juicios críticos sobre el uso indiscriminado del término «ministerio», la confusión y tal vez la igualación entre el sacerdocio común y el sacerdocio ministerial, la escasa observancia de ciertas leyes y normas eclesiásticas, la interpretación arbitraria del concepto de «suplencia», la tendencia a la «clericalización» de los fieles laicos y el riesgo de crear de hecho una estructura eclesial de servicio paralela a la fundada en el sacramento del Orden. (n. 23)
Debe declararse desde el principio que Juan Pablo no estaba inventando categorías teológicas. De hecho, no se puede señalar una sola línea en los dieciséis documentos del Vaticano II donde fuera aplicada la palabra “ministerio” o “ministro” a los no ordenados. Entonces, veamos lo que dice el cuidadoso Juan Pablo y cómo eso cuadra con lo que dice Francisco.
Primero: “no es la tarea lo que constituye el ministerio, sino la ordenación sacramental”. El lenguaje descuidado ha ayudado e incitado a la confusión a lo largo de los años, de modo que todos y su tío son ministros de algo o de lo otro (por ejemplo, “ministro de música”, “ministro de hospitalidad”, “ministro de duelo”). Por eso, Juan Pablo recuerda a todos que en el Sínodo que engendró a Christifideles Laici, “se emitió un juicio crítico. . . sobre un uso demasiado indiscriminado de la palabra ‘ministerio’”.
Segundo: ¿Por qué es así? Porque conduce a la “confusión”, dice, y corre “el riesgo de crear de hecho una estructura eclesial de servicio paralela a la fundada en el sacramento del Orden”. Diez años después de Christifideles Laici, ocho dicasterios de la Curia romana tomaron la acción sin precedentes de co-promulgar un documento que trataba de estas cuestiones tan serias: Instrucción Sobre Algunas Cuestiones Acerca de la Colaboración de los Fieles Laicos en el Sagrado Ministerio de los Sacerdotes. En otras palabras, este problema se ha estado agravando durante mucho tiempo. Los prelados responsables de esa Instrucción recuerdan a todos la interconexión de los temas:Entre otras cosas, [la fácil equiparación de la actividad laical con el sacerdocio ministerial puede fomentar] la disminución de los candidatos al sacerdocio y oscureciendo la especificidad del seminario como lugar tipico para la formación del ministro ordenado. Se trata de fenómenos intimanente relacionados, sobre cuya interdependencia se deberá oportunamente reflexionar para llegar a sabias conclusiones operativas.
El documento actual y el motu proprio que lo acompaña no parecen tomar en serio las advertencias pronunciadas por el Papa Juan Pablo o por los jefes dicasteriales en 1997, ¿como si esos peligros no persistieran hasta el día de hoy?
Es cierto que las mujeres han estado desempeñando estas funciones; sin embargo, una cosa es permitir que alguien desempeñe un papel por delegación y [otra] institucionalizar el desempeño de ese papel en una persona. Por ejemplo, si tengo un incendio en mi cocina, tiene mucho sentido para mí alcanzar el extintor y apagar el fuego. Sin embargo, ¡eso no me convierte en bombero!
Como es habitual con Francisco, hay curiosidades detrás de este documento.
¿Dónde está el proceso consultivo en todo esto? Yo pensaba que este era el Papa de la colegialidad y la sinodalidad. No hay ni una pizca de evidencia de que se haya consultado a nadie. Esto recuerda el comportamiento de Francisco en el marco de Mitis Iudex en 2015, que reforma ciertos procedimientos para buscar un decreto de nulidad en un caso conyugal. Nadie fue incluido en la discusión antes de la promulgación del decreto, como resultado de lo cual numerosas situaciones imprevistas por el Papa y su círculo íntimo surgieron solamente más tarde, por lo que el documento es relativamente inútil. La Iglesia exige consulta por una razón.
Incluso el Papa Pío IX, en el período previo a su definición del dogma de la Inmaculada Concepción, buscó la aportación del episcopado mundial (como hizo Pío XII con el dogma de la Asunción). Toda la sabiduría no reside en un solo hombre, y eso es particularmente cierto en Francisco, que tiene un trasfondo teológico superficial y que de hecho ha expresado su casi desdén por la teología en numerosas ocasiones.³
Otra rareza: el Papa escribe una carta al prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, instruyéndolo sobre el fundamento de esta decisión. ¡Pensaba que se suponía fuera al revés! ¿Se hizo esto porque el prefecto se negó a firmar este documento?
Además, ¿por qué Francisco aparentemente se vio obligado a llamar a un profesor de la Universidad de Letrán para que proporcionara la “nota explicativa” del documento? ¿Es porque, una vez más, no pudo encontrar a nadie dentro de su propia Curia que respaldara su decisión?
Varias veces, Francisco se esfuerza por distanciar este movimiento del dar cualquier acceso a las mujeres al episcopado, presbiterado o diaconado. Por supuesto, este movimiento, de hecho, da motivos para la falsa esperanza de que el acceso a los ministerios formales de lector y acólito es de hecho un trampolín hacia una eventual ordenación. Eso es pastoralmente insensible y dañino para las almas de quienes están siendo engañados. ¿O es este documento un soplo para quienes están obsesionados con el diaconado femenino, dándoles un suave aterrizaje para un juicio negativo final sobre el diaconado femenino?
Lo que es igualmente extraño es que Francisco, posiblemente el Papa más anticlerical de la historia, ahora se ha involucrado en esa misma clericalización que tantas veces ha condenado y que fue prevista por Juan Pablo hace más de treinta años. Si Francisco pensó que esta acción aplacaría a los que presionan por la causa de la ordenación femenina, está muy equivocado. El único efecto de este documento será una mayor alienación de aquellos a los que ha enajenado durante años.
Notas Finales:
¹ La práctica casi universal en los Estados Unidos de recurrir a ministros “extraordinarios” de la Sagrada Comunión es particularmente atroz, en violación de Immensae Caritatis, del Código de Derecho Canónico, de Inaestimabile Donum y de Redemptionis Sacramentum. “Extraordinario” es, de hecho, “ordinario”; es triste decirlo, muchos más católicos estadounidenses reciben la Sagrada Comunión de un laico que de un sacerdote o diácono. ¿Por qué los obispos no han controlado este abuso?
² Tengo un interés (y competencia) particular en esta área ya que mi tesis para la licenciatura en sagrada teología en la Casa de Estudios Dominicos en Washington fue precisamente sobre los ministerios por debajo del diaconado, desde Trento hasta el Vaticano II.
³ De hecho, Francisco no es en modo alguno un hombre de colegialidad y sinodalidad. Ni siquiera consulta a su propio Colegio Cardenalicio. Sus predecesores inmediatos celebraron reuniones del Colegio antes de un consistorio para crear nuevos cardenales, solicitando y recibiendo su consejo. Francisco ha hecho esto solo la primera vez, presumiblemente porque o no valora las ideas de los cardenales o porque sabe que las opiniones de ellos podrían desafiar las suyas.