Habiendo oído tantas aberraciones, profanaciones, abusos, ligerezas, irreverencias, cometidas con justificación en la emergencia sanitaria por el coronavirus, ya no recordamos cuántas serían. A ello se suma la cantidad de individuos mundanos que, amparados en sus títulos de teólogos o moralistas o lo que sea, instigan a las ovejas a que caigan, mediante artículos, redes sociales, videos en Youtube, incluso al comienzo de la emergencia un obispo de no digamos dónde dio por escrito a sus sacerdotes permiso para administrar la confesión por teléfono, aunque se arrepintió cinco días antes de que entrara en vigencia el permiso y se retractó.
Referiremos un ejemplo en la práctica. En una cierta parroquia, no digamos dónde, el cura párroco sí confiesa (énfasis en ‘sí’, porque hay un cúmulo grande que no lo hace), pero para respetar las rúbricas de la liturgia sanitaria, en especial la del distanciamiento, a cada uno de los penitentes en turno les dice que le hagan una llamada telefónica, es decir, la confesión y la absolución son por teléfono, con el distractor de una pretendida presencia, total se están viendo aunque estén a metros de distancia. Es obvio que tal manera de ‘confesión’ además de ser un abuso, es inválida.
Preguntado sobre ello en una entrevista publicada en la edición diaria en italiano de L'Osservatore Romano, Dic-05-2020, el Penitenciario Mayor, cardenal Mauro Piacenzia, reitera la invalidéz de absoluciones como la que acabamos de referir. Además, también reitera que la participación presencial en la Misa es insustituible. ¿Pero eso qué importa a los obispos y sacerdotes?, total lo que importa es preservar la vida. La terrena, entienden ellos, ¡porque por lo que se refiere a la eterna...!
¿Se pueden usar los teléfonos inteligentes u otras redes sociales para confesarse?
Podemos afirmar la probable invalidéz de la absolución impartida a través de estos medios. De hecho, falta la presencia real del penitente y no se verifica real transmisión de las palabras de la absolución; se trata solo de vibraciones eléctricas que reproducen la palabra humana.
Dada la gravedad de la situación sanitaria, social y económica, ¿se cumple el precepto para quienes no pueden asistir a la misa dominical escuchando la celebración por radio, streaming o televisión?
Nada puede sustituir la participación en la Santa Misa en presencia. En situaciones en las que no es posible acudir a la Santa Misa, la obligación ya no es necesaria sin que se deba sustituir la no participación con otra cosa. Ciertamente, si quien está impedido por un motivo válido asiste a la celebración por televisión, realizan un acto piadoso y espiritualmente útil.