Un día más, una conferencia episcopal más que con lenguaje engañoso ‘ordena’ la Comunión en la mano, obviamente sin tener poder para ello. Le cupo el turno a la Conferencia Episcopal de Colombia, la cual en la tarde del Sábado, Mar-07-2020, emitió un comunicado en vista de la llegada a ese país del primer caso de persona contagiada con el Coronavirus/Covid-19. En el punto séptimo se lee:
“La comunión eucarística debe recibirse en la mano. Los sacerdotes han de instruir a los fieles sobre la forma de hacerlo, especialmente sobre la necesidad de que quien comulga se lleve a la boca inmediatamente la hostia consagrada a la vista del ministro”
Como ha ocurrido con documentos parecidos de otras conferencias episcopales, en ninguna parte se reafirma que no hay obligación de adoptar esa práctica.
Baste ir a las redes sociales para observar cómo han venido apareciendo sacerdotes que en manifestaciones chambonas de clericalismo han entendido tres cosas de este comunicado.
1- Oblíguese a recibir la Comunión en la Mano.
2- Niéguese el Sacramento a quien no lo haga.
3- Estigmatícese a quien se niegue a adoptar esa práctica.
Como hemos hecho cuando nos referimos a circunstancias parecidas en otras conferencias episcopales, estas son las citas con enlaces a los respectivios documentos, en los cuales la Santa Sede ha reafirmado la libertad de todo fiel de recibir la Sagrada Comunión en la boca.
Si la Comunión se recibe sólo bajo la especie de pan, el sacerdote, teniendo la Hostia un poco elevada, la muestra a cada uno, diciendo: El Cuerpo de Cristo. El que comulga responde: Amén, y recibe el Sacramento, en la boca, o donde haya sido concedido, en la mano, según su deseo.
Institutio Generalis Missalis Romani N° 161
[...]todo fiel tiene siempre derecho a elegir si desea recibir la sagrada Comunión en la boca”
CCDDS
Instrucción Redemtionis Sacramentum N° 92
Mar-25-2004.
“No se obligará jamás a los fieles a adoptar la práctica de la comunión en la mano, dejando a cada persona la necesaria libertad para recibir la comunión o en la mano o en la boca.”
CCDDS
Notificación acerca de la comunión en la mano N° 7
Abril-03-1985
Prot. n. 720/85
Notitiae N° 226, Abril de 1985, pág. 263
“Ciertamente, es claro en los mismos documentos de la Santa Sede, que en las diócesis en donde el pan Eucarístico es puesto en las manos de los fieles, permanece aún intacto el derecho de los fieles de recibir el pan Eucarístico en la lengua.”
CCDDS
Respuesta a Pregunta Propuesta (por el P. Paul McDonald)
Notitiae N° 392-393, Marzo/Abril de 1999, pág. 160
Esta Congregación para el Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos desea acusar recibo de su carta fechada 22 de Junio de 2009 concerniente al derecho de los fieles de recibir la Sagrada Comunión en la lengua
Este Dicasterio observa que su instrucción Redemptionis Sacramentum (25 de Marzo de 2004) claramente estipúla que “todo fiel tiene siempre derecho a elegir si desea recibir la sagrada Comunión en la boca” (n. 92), ni es lícito negar la Sagrada Comunión a cualquier fiel Cristiano que no esté impedido por la ley de recibir la Santa Eucaristía (cf. n. 91)
CCDDS
Carta, Prot. N. 655/09/L
Jul-24-2009
Respuesta a consulta de un fiel de Gran Bretaña
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