- Rescripto del Santo Padre Francisco con el que se aportan algunas modificaciones a las “Normae de gravioribus delictis”, 17.12.2019.
- Rescripto del Santo Padre Francisco con el cual se promulga la Instrucción Sobre la confidencialidad de las causas, 17.12.2019.
- Comentario del Director editorial, Andrea Tornielli, sobre la publicación del Rescripto del Santo Padre acerca de la Instrucción Sobre la confidencialidad de las causas, 17.12.2019.
- Entrevista del Director editorial, Andrea Tornielli a S.E. Mons. Charles Scicluna, Secretario Adjunto de la Congregación para la Doctrina de la fe con motivo de la publicación del Rescripto del Santo Padre Francisco relativo a la Instrucción Sobre la confidencialidad de las causas, 17.12.2019.
- Contribución de S.E. Mons. Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos y del Prof. Giuseppe Dalla Torre ex Presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano sobre la publicación del Rescripto del Santo Padre Francisco Sobre la confidencialidad de las causas, 17.12.2019.
- Edición diaria en italiano de L'Osservatore Romano, Dic-18-2019, en donde aparecen publicados los documentos.
Vatican News, Dic-17-2019, informa de la siguiente manera.
El Papa abole el secreto pontificio para los casos de abuso sexual
Así Francisco pone a disposición de las autoridades investigadoras civiles los testimonios de los juicios canónicos.
Vatican News
Dos documentos destinados a dejar huella: el Papa Francisco abolió el secreto pontificio en casos de violencia sexual y abuso de menores cometidos por clérigos, y también decidió cambiar la ley sobre el delito de pornografía infantil, haciendo caer dentro de los casos de delicta graviora -los delitos más graves- la posesión y difusión de imágenes pornográficas que involucren a menores de hasta 18 años de edad.
El primer y más importante documento es un rescripto firmado por el Cardenal Secretario de Estado, Pietro Parolin, que informa que el pasado 4 de diciembre el Pontífice dispuso abolir el secreto pontificio sobre las denuncias, los procesos y las decisiones relativas a los delitos mencionados en el primer artículo del reciente motu proprio Vos estis lux mundi. Esos se refieren a los casos de violencia y de actos sexuales cometidos bajo amenaza o abuso de autoridad, casos de abuso de menores y de personas vulnerables, casos de pornografía infantil, casos de no denuncia y encubrimiento de los abusadores por parte de los obispos y superiores generales de los institutos religiosos.
La nueva instrucción especifica que la “la información se tratará de manera que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad” establecidas por el Código de Derecho Canónico para proteger “la buena reputación, la imagen y la privacidad” de las personas implicadas. Pero este “secreto de oficio”, tal y como se lee en la instrucción, “no obsta para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal”, incluidas las obligaciones de denuncia, “así como dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades judiciales civiles”. Además, a quienes realizan las denuncias, a las víctimas y a los testigos “no puede imponerse vínculo de silencio alguno” sobre los hechos.
Con un segundo rescripto, firmado por el mismo Parolin y por el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Cardenal Luis Ladaria Ferrer, se dieron a conocer también las modificaciones de tres artículos del motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela (de 2001, ya modificado en 2010). Se establece que sea considerado como uno de los delitos más graves reservados para el juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe “la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de dieciocho años por parte de un clérigo, de cualquier manera y por cualquier medio”. Hasta ahora ese límite se fijaba en los 14 años.
Finalmente, en otro artículo, se permite que en los casos relativos a estos delitos más graves, el papel de “abogado y procurador” pueda ser desempeñado también por fieles laicos con un doctorado en Derecho Canónico y no solo por sacerdotes.
17 diciembre 2019, 12:00
Una pregunta así como cosa nuestra: ¿Y el Presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Mons. Filippo Iannone (nombrado Abr-07-2018), qué papel desempeñó en todo esto y por qué no figura por ninguna parte?