Tuesday, January 02, 2018

Iglesia en Alemania recaudó €6.000 millones en 2016 por cuenta del impuesto eclesial


Nos viene muy bien esta información de un sitio antieclesial para seguir sustentando nuestra afirmación de que los obispos alemanes son unos obispos simoniacos.

Artículo de Religión Digital, Ene-02-2018.

RECAUDÓ 6.000 MILLONES EN IMPUESTOS SOLO EN 2016, UN NUEVO RÉCORD
La Iglesia alemana acumula una riqueza inédita, mientras sus hospitales sufren por falta de recursos

Más de dos millones de alemanes se han dado de baja de la institución desde el 2000

(Cameron Doody).- La Iglesia católica alemana recaudó en impuestos en 2016 un total de 6 mil millones de euros, un nuevo récord. Es la principal conclusión a la que ha llegado una investigación del periódico Handelsblatt, que también ha revelado que la Iglesia ha beneficiado de este boom económico a pesar de que más de dos millones de alemanes se han borrado de la institución desde 2000, al ritmo de 162.093 solo en 2016.

El periódico de Düsseldorf descubrió que las 27 diócesis del país germano manejan una fortuna de al menos 26 mil millones de euros, gracias a dos principales fuentes de ingresos: 1), el gravamen de 8 o 9% (dependiendo del Estado) que se aplica a los salarios de todos los bautizados, vayan a misa o no (y a no ser que se borren de los registros oficiales); y 2), las subvenciones estatales y descuentos fiscales que se dan en Alemania sobre todo a las Iglesias católica y protestante.

De estos 26 mil millones, Handelsblatt estima que 15 mil millones pueden estar dedicados actualmente a inversiones financieras, 20 mil millones a inversiones inmobiliarias y 5 mil millones a pensiones para dignatarios eclesiásticos de alto rango. No se sabe a ciencia cierta en qué consisten las partidas dado que un puñado de diócesis no publican sus balances financieros o solo publican cifras selectivas, si bien la Conferencia Episcopal alemana ha prometido que esta falta de transparencia se remediará en este año 2018.

Las conclusiones de Handelsblatt sobre la enorme riqueza de las diócesis alemanas llegan en medio de una gran polémica en el país sobre la que se percibe como una falta de compromiso de la Iglesia con sus obras sociales. La Iglesia es la segunda institución de Alemania que más personas emplea, por detrás del gobierno, y ha recibido críticas sobre todo por su gestión de los hospitales de los que es responsable, que ha llegado incluso a provocar una huelga en una clínica en el estado de Saarland.

La diócesis de Tréveris, que es la que administra el hospital, es una de las diócesis más ricas de Alemania, con activos de más de mil millones de euros. Frente a los reproches de sus trabajadores, sin embargo, se ha lavado las manos de su responsabilidad en el centro, afirmando que la carencia de enfermeros que se sufre en todo el país "no es específicamente un problema que concierne a la Iglesia", sino competencia del Gobierno.

“Nos vemos obligados”. Obispos de Kazajistán publican “Profesión de las verdades inmutables a respecto del matrimonio sacramental”

Esta pública profesión ha sido conocida en varios idiomas, la versión en español ha sido publicada por Adelante La Fe, Ene-02-2018 (con algunas adaptaciones). Hace un año, estos mismos obispos publicaron una llamada a la oración para que el Papa Francisco confirmara la práctica invariable de la Iglesia sobre la verdad de la indisolubilidad del Matrimonio. Evidentemente no se podía quedar la cosa en un mero llamado a la oración, algo más tenían que hacer y por ello ahora dicen: “Nos vemos obligados”.


Profesión de las verdades inmutables a respecto del matrimonio sacramental

Después de la publicación de la Exhortación Apostólica “Amoris laetitia” (2016) diversos obispos han emitido a nivel local, regional y nacional normas concernientes a la aplicación de la disciplina sacramental a los fieles llamados “divorciados vueltos a casar”, quienes se unieron en una convivencia estable more uxorio con una persona que no es su legítimo cónyuge, pese a que esté vivo quien sí tiene esa condición, con quien está unido por un válido vínculo matrimonial.

Las normas mencionadas prevén, entre otras cosas, que en casos individuales las personas llamadas “divorciados vueltos a casar”, puedan recibir los sacramentos de la Penitencia y de la Santa Comunión, pese a continuar viviendo habitual e intencionalmente more uxorio con una persona que no es su legítimo cónyuge. Tales normas han recibido a menudo aprobación de parte de diversas autoridades jerárquicas y algunas de ellas fueron inclusive dadas por buenas por la suprema autoridad de la Iglesia.

La difusión de dichas normas pastorales eclesiásticamente aprobadas han causado una notable y creciente confusión entre fieles y en el clero; confusión ésta que toca manifestaciones centrales de la vida de la Iglesia, como lo son el matrimonio sacramental que da origen a la familia, la iglesia doméstica y el sacramento de la Santísima Eucaristía.

Según la doctrina de la Iglesia sólo el vínculo matrimonial sacramental constituye una iglesia doméstica (cf. Concilio Vaticano II, Lumen gentium, 11). La admisión de los fieles “divorciados vueltos a casar” a la Santa Comunión, que es la expresión máxima de la unidad de Cristo-Esposo con Su Iglesia, significa en la práctica un modo de aprobación y legitimación del divorcio y, en ese sentido, una especie de introducción del divorcio en la Iglesia.

Las mencionadas normas pastorales se revelan de hecho y con el tiempo un medio de difusión de la “plaga del divorcio”, expresión usada por el Concilio Vaticano II (cf. Gaudium et spes, 47). Se trata de una difusión de esta “plaga del divorcio” inclusive en la propia vida de la Iglesia, cuando Ésta debería ser en cambio – a causa de su fidelidad incondicional a la doctrina de Cristo – un baluarte y una señal inconfundible de contradicción contra la plaga del divorcio cada vez más difusas en la sociedad civil.

De modo inequívoco y sin admitir ninguna excepción Nuestro Señor y Redentor Jesucristo ha reconfirmado solemnemente la voluntad de Dios en lo que dice respecto a la prohibición absoluta del divorcio. Una aprobación y legitimación de la violación de la sacralidad del vínculo matrimonial, aunque lo sea indirectamente por medio de la mencionada nueva disciplina sacramental, contradice en modo grave la expresa voluntad de Dios y Su mandamiento. Tal práctica representa por lo tanto una alteración substancial de la disciplina sacramental bimilenaria de la Iglesia. Además, con el correr del tiempo, una disciplina substancialmente alterada acarreará también una alteración de la correspondiente doctrina.

El constante Magisterio de la Iglesia, comenzando por las enseñanzas de los Apóstoles y de todos los Sumos Pontífices, ha conservado y trasmitido fielmente ya sea en la doctrina (en la teoría), ya sea en la disciplina sacramental (en la práctica), de modo inequívoco, sin sombra alguna de duda y siempre en el mismo sentido y con idéntico significado (eodem sensu eademque sententia) la cristalina enseñanza de Cristo con respecto a la indisolubilidad del matrimonio.

A causa de su naturaleza divinamente establecida, la disciplina de los sacramentos no debe contradecir la palabra revelada: “Los sacramentos no sólo suponen la fe, sino que, a la vez, la alimentan, la robustecen y la expresan por medio de palabras y de cosas; por esto se llaman ‘sacramentos de la fe’ ” (Concilio Vaticano II, Sacrosanctum Concilium, 59). “Incluso la suprema autoridad de la Iglesia no puede cambiar la liturgia a su arbitrio, sino solamente en virtud del servicio de la fe y en el respeto religioso al misterio de la liturgia” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1125). La fe católica por su propia naturaleza excluye una formal contradicción entre la fe profesada, por una parte, y la práctica de los sacramentos, por otra. En este sentido se puede entender también la siguiente afirmación del Magisterio: “El divorcio entre la fe y la vida diaria de muchos debe ser considerado como uno de los más graves errores de nuestra época” (Concilio Vaticano II, Gaudium et spes, 43) y “la pedagogía concreta de la Iglesia debe estar siempre unida y nunca separada de su doctrina” (Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris consortio, 33).

En vista de la importancia de la doctrina y de la disciplina del matrimonio y de la Eucaristía, la Iglesia está obligada a hablar con la misma voz. Por lo tanto, las normas pastorales que dicen respecto a la indisolubilidad del matrimonio no deben contradecirse entre una diócesis y otra, entre un país y otro. La Iglesia ha observado este principio, como lo atestigua San Ireneo de Lyon, desde los tiempos de los Apóstoles: “Si bien la Iglesia esté difundida por todo el mundo hasta los extremos de la tierra, por el hecho de haber recibido de los Apóstoles y de los discípulos la fe, conserva esta predicación y esta fe con cuidado y – como si habitase en una sola casa – cree en ella de la misma manera, como si tuviese una sola alma y un solo corazón y con voz unánime, como si tuviese una sola boca, predica la verdad de la fe, la enseña y la transmite” (Adversus haereses, I, 10, 2). Santo Tomás de Aquino nos transmite el mismo perenne principio de la vida de la Iglesia: “Hay una sola y misma fe de los antiguos y de los modernos; si no, no habría una única y misma Iglesia” (Questiones Disputatae de Veritate, q. 14, a. 12c).

Permanece actual la siguiente amonestación del Papa Juan Pablo II: “La confusión, creada en la conciencia de numerosos fieles por la divergencia de opiniones y enseñanzas en la teología, en la predicación, en la catequesis, en la dirección espiritual, sobre cuestiones graves y delicadas de la moral cristiana, termina por hacer disminuir, hasta casi borrarlo, el verdadero sentido del pecado” (Exhortación Apostólica Reconciliatio et paenitenia, 18).

A la doctrina y disciplina sacramental concerniente a la indisolubilidad del matrimonio rato y consumado, es plenamente aplicable el sentido de las siguientes afirmaciones del Magisterio de la Iglesia:

● “Pues la Iglesia de Cristo, diligente custodia y defensora de los dogmas a Ella confiados, jamás cambia en ellos nada, ni disminuye, ni añade, antes, tratando fiel y sabiamente con todos sus recursos las verdades que la antigüedad ha esbozado y la fe de los Padres ha sembrado, de tal manera trabaja por limarlas y pulirlas, que los antiguos dogmas de la celestial doctrina reciban claridad, luz, precisión, sin que pierdan, sin embargo, su plenitud, su integridad, su índole propia, y se desarrollen tan sólo según su naturaleza; es decir, el mismo dogma, en el mismo sentido y parecer” (Pio IX, Bula dogmática Ineffabilis Deus).

● “En lo que dice respecto a la substancia de la verdad, la Iglesia tiene, frente a Dios y a los hombres, el sagrado deber de anunciarla, de enseñarla sin atenuantes, como Cristo la ha revelado y no existe ninguna condición de los tiempos que pueda dispensar del rigor de esta obligación. Ese deber liga la conciencia de todos los sacerdotes a los cuales ha sido confiado el cuidado de amaestrar, amonestar y guiar a los fieles” (Pio XII, Discurso a los párrocos y cuaresmalistas, 23 de marzo de 1949).

● “La Iglesia no historiza, no relativiza las metamorfosis de la cultura profana, su naturaleza siempre igual y fiel a sí misma, como Cristo la quiso y la tradición la perfeccionó” (Paulo VI, Homilía del 28 de octubre de 1965).

● “No menoscabar en nada la saludable doctrina de Cristo es una forma de caridad eminente hacia las almas” (Paulo VI, Encíclica Humanae Vitae, 29).

● “La Iglesia no cesa nunca de invitar y animar, a fin de que las eventuales dificultades conyugales se resuelvan sin falsificar ni comprometer jamás la verdad.” (Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris consortio, 33).

● “De tal norma (la ley moral divina) la Iglesia no es ciertamente ni la autora ni el árbitro. En obediencia a la verdad que es Cristo, cuya imagen se refleja en la naturaleza y en la dignidad de la persona humana, la Iglesia interpreta la norma moral y la propone a todos los hombres de buena voluntad, sin esconder las exigencias de radicalidad y de perfección” (Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris consortio, 33).

● “El otro es el principio de la verdad y de la coherencia, por el cual la Iglesia no acepta llamar bien al mal y mal al bien. Basándose en estos dos principios complementarios, la Iglesia desea invitar a sus hijos, que se encuentran en estas situaciones dolorosas, a acercarse a la misericordia divina por otros caminos, pero no por el de los Sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía, hasta que hayan alcanzado las disposiciones requeridas del alma” (Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Reconciliatio et paenitentia, 34).

● “La firmeza de la Iglesia en defender las normas morales universales e inmutables no tiene nada de humillante. Está sólo al servicio de la verdadera libertad del hombre. Dado que no hay libertad fuera o contra la verdad” (Juan Pablo II, Encíclica Veritatis splendor, 96).

● “Ante las normas morales que prohíben el mal intrínseco no hay privilegios ni excepciones para nadie. No hay ninguna diferencia entre ser el dueño del mundo o el último de los miserables de la Tierra: ante las exigencias morales somos todos absolutamente iguales” (Juan Pablo II, Encíclica Veritatis splendor, 96).

● “El deber de reiterar esta no posibilidad de admitir a la Eucaristía (a los divorciados vueltos a casar) es condición de verdadera pastoralidad, de auténtica preocupación por el bien de estos fieles y de toda la Iglesia, ya que indica las condiciones necesarias para la plenitud de aquella conversión a la cual todos son siempre invitados por el Señor” (Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración acerca de la admisibilidad a la Santa Comunión a los divorciados vueltos a casar, 24 de junio del 2000, n. 5).

Como obispos católicos, los cuales – según la enseñanza del Concilio Vaticano II – deben defender la unidad de la fe y de la disciplina común de la Iglesia, y buscar que surja para todos los hombres la luz de la verdad plena (cf. Lumen gentium, 23), nos vemos obligados en conciencia a profesar, ante la desenfrenada confusión, la inmutable verdad y la igualmente inmutable disciplina sacramental concerniente a la indisolubilidad del matrimonio conforme a la enseñanza bimilenaria e inalterada del Magisterio de la Iglesia. En este espíritu reiteramos:

● Las relaciones sexuales entre personas que no están unidas entre sí por el vínculo de un matrimonio válido, como se verifica en el caso de los “divorciados vueltos a casar”, son siempre contrarias a la voluntad de Dios y constituyen una grave ofensa a Dios.

● Ninguna circunstancia o finalidad, ni siquiera una posible imputabilidad o culpa disminuída, pueden hacer de tales relaciones sexuales una realidad moral positiva y agradables a Dios. Lo mismo vale para los otros preceptos negativos de los Diez Mandamientos de la Ley de Dios. Ello a causa de que “existen actos que, por sí y en sí mismos, independientemente de las circunstancias, son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto.” (Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Reconciliatio et paenitentia, 17).

● La Iglesia no posee el carisma infalible de juzgar sobre el estado de gracia interno de un fiel (cf. Concilio di Trento, sess. 24, cap. 1). La no admisibilidad a la Santa Comunión de los así llamados “divorciados vueltos a casar” no significa por lo tanto un juicio de su estado de gracia ante Dios, sino un juicio del carácter visible, público y objetivo de su situación. A causa de la naturaleza visible de los sacramentos y de la misma Iglesia, la recepción de los sacramentos depende necesariamente de la situación visible y objetiva de los fieles.

● No es moralmente lícito tener relaciones sexuales con una persona que no es el propio cónyuge legítimo, para evitar un supuesto otro pecado. Ello a causa de que la Palabra de Dios nos enseña que no es lícito “hacer el mal para que venga el bien” (Rom 3, 8).

● La admisión de tales personas a la Santa Comunión puede ser permitida solamente cuando, con la ayuda de la gracia de Dios y de un paciente e individual acompañamiento pastoral, ellas hacen un sincero propósito de cesar de allí en adelante tales relaciones sexuales y de evitar el escándalo. En ello se ha expresado siempre en la Iglesia el verdadero discernimiento y el auténtico acompañamiento pastoral.

● Las personas que mantienen relaciones sexuales no conyugales de modo habitual, violan con tal estilo de vida el indisoluble vínculo nupcial matrimonial respecto al legítimo cónyuge. Por esta razón no son capaces de participar “en el Espíritu y en la Verdad” (cf. Jn 4, 23) en la cena nupcial eucarística de Cristo, teniendo también en cuenta las palabras del rito de la Sagrada Comunión: “¡Beatos los invitados a la Cena del Cordero!” (Ap 19, 9).

● El cumplimiento de la voluntad de Dios, revelada en Sus Diez Mandamientos y en Su explícita prohibición del divorcio, constituye el verdadero bien espiritual de las personas aquí en la Tierra, permitiendo así que sean conducidas a la salvación de la vida eterna.

Siendo los obispos en su oficio pastoral quienes deben “velar por la fe católica y apostólica” (cf. Missale Romanum, Canon Romanus), estamos conscientes de esta grave responsabilidad y de nuestro deber ante los fieles que de nosotros esperan una profesión pública e inequívoca de la verdad y de la disciplina inmutables de la Iglesia en lo que dice respecto a la indisolubilidad del matrimonio. Por esta razón no nos es permitido callar.

Afirmamos por lo tanto en el espíritu de San Juan Bautista, de San Juan Fisher, de Santo Tomás Moro, de la Beata Laura Vicuña y de numerosos conocidos y desconocidos confesores y mártires de la indisolubilidad del matrimonio:

No es lícito (non licet) justificar, aprobar o legitimar, ni directamente ni indirectamente, ya sea el divorcio ya sea una relación sexual no conyugal estable, con una disciplina sacramental de admisión a la Santa Comunión de los así llamados “divorciados vueltos a casar”, tratándose en este caso de una disciplina ajena a la entera Tradición de la fe católica y apostólica.

Haciendo esta pública profesión ante nuestra conciencia y ante Dios que nos ha de juzgar, estamos sinceramente convencidos de prestar así un servicio de caridad en la verdad a la Iglesia de nuestro tiempo y al Sumo Pontífice, Sucesor de San Pedro y Vicario de Cristo sobre la Tierra.

31 de diciembre del 2017, Fiesta de la Sagrada Familia, en el año del centenario de las apariciones de Nuestra Señora de Fátima.

+ Tomash Peta, Arzobispo Metropolitano de la archidiócesis de Santa Maria en Astana

+ Jan Pawel Lenga, Arzobispo-Bispo emérito de Karaganda

+ Athanasius Schneider, Obispo auxiliar de la archidiócesis de Santa María en Astana


Entradas Relacionadas: Dos obispos italianos adhieren a la “Profesión de las verdades inmutables a respecto del matrimonio sacramental”. Mons. Luigi Negri explica por qué firmó la “Profesión de las verdades inmutables a respecto del matrimonio sacramental”. Card. Pujats suscribe la “Profesión de las verdades inmutables a respecto del matrimonio sacramental”.

Carta completa de elogio de Benedicto al card. Gerhard Müller

Este es el texto completo de la carta que a modo de prefacio hizo Benedicto XVI a un libro del Card. Gerhard Müller (“El Dios Trino. Fe cristiana en la era secular”), la cual contiene palabras elogiosas del Papa emérito al ex-prefecto de la CDF. La traducción es provista por Sandro Magister en su blog Settimo Cielo, Ene-02-2018.

UNA PALABRA DE SALUDO

por el Papa emérito Benedicto XVI

¡Eminencia! ¡Querido hermano!

Se acerca tu 70 cumpleaños y aunque ya no puedo escribir un verdadera y propia contribución científica para el libro que se dedica en tu honor en esta ocasión, me gustaría participar con una palabra de saludo y de gratitud.

Han pasado 22 años desde que me regalaste, en marzo de 1995, tu "Katholische Dogmatik für Studium und Praxis der Theologie". Fue para mí una señal alentadora, que indicaba que también en la generación de los teólogos postconciliares había pensadores que tenían el valor de luchar por la integralidad, representando la fe de la Iglesia como unidad y totalidad. Si bien es cierto que una investigación detallada es importante, no menos importante es que la fe de la Iglesia aparezca en su unidad interna, completa, y que por lo tanto sea visible también toda la sencillez de la fe, a pesar de las complejas reflexiones teológicas. Porque la sensación que la Iglesia nos impone un paquete de cosas incomprensible, que interesan sólo a los especialistas, es un enorme obstáculo al "sí" a Dios que nos habla en Jesucristo. En mi opinión, uno se convierte en un gran teólogo, no cuando se ocupa de detalles refinados e intrincados, sino cuando es capaz de representar la unidad y sencillez final de la fe.

Tu "Dogmatik" en un único volumen me tocó también por una razón autobiográfica. Karl Rahner había presentado en el primer volumen de sus escritos un proyecto para una estructura renovada de la dogmática que había elaborado con Hans Urs von Balthasar. Naturalmente, esto había suscitado en todos nosotros una gran sed de ver este esquema completado y elaborado. El deseo que surgía por todas partes de una dogmática Rahner-Balthasar se unió, además, a una operación editorial. En los años cincuenta, Erich Wewel había convencido al padre Bernard Häring que escribiera un texto de teología moral en un único volumen, que se convirtió en un gran éxito cuando fue publicado; tras lo cual, a este competente editor se le ocurrió la idea que algo así debía llevarse a cabo en el campo de la dogmática, y que una obra completa escrita por la misma mano correspondía a una necesidad real. Obviamente, se dirigió a Karl Rahner y le pidió que escribiera este libro. Pero Rahner tenía tantos compromisos en ese momento que no pudo liberarse para una empresa tan grande. Extrañamente el editor se dirigió a mí, que estaba al principio de mi recorrido y enseñaba teología dogmática y fundamental en Frisinga. Pero, por desgracia, también yo, aunque estaba al inicio de mi camino, estaba ocupado con muchas actividades y no me sentí capaz de escribir dicha obra en un tiempo que fuera aceptable. Por ello pregunté si podía implicar a un co-autor, un amigo mío, el padre Alois Grillmeier. Colaboré en el proyecto en la medida de lo posible y me reuní en varias ocasiones con el padre Grillmeier para amplias consultas. Pero el Concilio Vaticano II ocupaba, en ese momento, todas mis fuerzas e impuso un profundo replanteamiento de toda la presentación de la doctrina tradicional de la Iglesia. Cuando en 1977 fui nombrado arzobispo de Múnich y Frisinga, estaba claro que no podía dedicarme a ese trabajo. Pero cuando en 1995 llegó a mis manos tu libro, vi de repente, en un trabajo realizado por un teólogo de la generación siguiente, lo que yo había querido hacer, pero no había podido.

Pude conocerte personalmente cuando la conferencia episcopal alemana te propuso como miembro de la comisión teológica internacional, en la que destacaste de manera particular por tu gran competencia y tu total fidelidad a la fe de la Iglesia. Cuando en 2012 el cardenal Levada, por razones de edad, dimitió de su cargo como prefecto de la congregación para la doctrina de la fe se te consideró, tras hacer todas las valoraciones, como el obispo más idóneo para asumir esta tarea.

Cuando yo asumí este cargo en 1981, el arzobispo Hamer –entonces secretario de la congregación para la doctrina de la fe– me explicó que el prefecto no debía ser necesariamente un teólogo, sino un hombre sabio que, al estar por encima de las cuestiones teológicas, no formulara juicios propios de un especialista, sino que debía más bien comprender qué había que hacer por la Iglesia en un momento determinado. La competencia teológica debía tenerla el secretario, el que dirige la "consulta", la asamblea de teólogos expertos que, juntos, dan un juicio científico correcto. Pero como en la política, la decisión final no pueden tomarla los expertos, sino los sabios que, además de tener familiaridad con el lado técnico, conocen toda la vida de una gran comunidad. Durante mis años de oficio intenté responder a este estándar. Si lo conseguí, es algo que otros deberán juzgar.

En los confusos tiempos que ahora vivimos, la convivencia entre el conocimiento técnico y la sabiduría sobre lo que, en última instancia, es decisivo me parece particularmente importante. Pienso, por ejemplo, que en la reforma litúrgica algunas cosas hubieran sido distintas si no se hubiera dejado la última palabra a los expertos, sino que hubiera habido más sabiduría al juzgar, lo que hubiera reconocido los límites del simple hombre de estudios.

Durante tus años romanos, te has comprometido siempre a trabajar no sólo como estudioso, sino como sabio, como padre en la Iglesia. Has defendido las claras tradiciones de la fe, pero en el espíritu del Papa Francisco has intentado también comprender cómo pueden ser vividas hoy.

El Papa Pablo VI quiso que los más altos cargos de la curia -los de prefecto y secretario- fueran asignados, siempre, sólo durante cinco años, con el fin de proteger la libertad del Papa y la movilidad del trabajo curial. Tu mandato quinquenal para la congregación de la fe ha llegado a término, por lo que ahora no tienes un cargo específico; pero un sacerdote y, ciertamente, un obispo y un cardenal, nunca está simplemente retirado. Por este motivo, podrás seguir sirviendo a la fe públicamente en el futuro, basándote en tu inspiración interior, tu misión sacerdotal y tu carisma teológico. Estamos todos contentos porque con tu gran responsabilidad interior y el don de la Palabra que te ha sido concedido, seguirás estando presente en la lucha de nuestro tiempo por la correcta comprensión del ser hombre y del ser cristiano. Que el Señor te ayude en esto.

Por último, quiere expresarte un agradecimiento muy personal. Como obispo de Ratisbona has fundado el "Institut Papst Benedikt XVI” que, guiado por uno de tus alumnos, lleva a cabo un trabajo verdaderamente excepcional para mantener mi trabajo teológico disponible al publico en su totalidad. El Señor te recompensará por tu esfuerzo.

Ciudad del Vaticano, Monasterio "Mater Ecclesiae",
en la fiesta de San Ignacio de Loyola 2017

Tuyo, Benedicto XVI