Escandaloso: En Pereira, Colombia, negar la Sagrada Comunión a los adúlteros y enseñarlo es “contrario a la Fé Católica”

La inquisición catoprogresista se muestra cada vez más rígida —¿no aborrece Francisco a los “rígidos”?—, porque ya existe un primer sacerdote efectivamente suspendido a divinis por no aceptar que a los adúlteros sin el propósito de enmendarse se les garantice acceso a la Sagrada Comunión, como se desprende de la confusión generada por la exhortación Amoris Lætitia, de cuyo capítulo octavo los bergoglianos no aceptan ninguna interpretación que no sea esa. En días recientes se especulaba que un obispo maltés había amenazado a su sacerdotes con suspensión si negaban la Comunión a los adúlteros, cosa que ayer negó categóricamente. Lo que desconocíamos era que en otro lugar del planeta ya había una primera víctima en esta “revolución de la ternura”.
Este escandaloso acontecimiento ha sucedido en la diócesis de Pereira, Colombia —en mejores tiempos bajo la guía del hoy Card. Darío Castrillón Hoyos, Prefecto emérito de la Congregación para el Clero y Presidente emérito de la Pontificia Comisión «Ecclesia Dei»—, en donde su obispo, Mons. Rigoberto Corredor (imágen izquierda) con decreto de Ene-16-2017, ha suspendido al jóven sacerdote Luis Carlos Uribe Medina. Los motivos los pueden leer en el texto de dicho decreto, el cual publica Adelante La Fe, Ene-20-2017, junto con un corto audio con la voz del sacerdote “tras salir del encuentro con el obispo”.
¡Aguante P. Uribe!
DECRETO 1977
Del 16 de enero de 2017
Por el cual se suspende un sacerdote
EL OBISPO DE PEREIRA
Considerando
1º. Que el Padre Luis Carlos Uribe Medina ha expresado pública y privadamente su rechazo a las enseñanzas doctrinales y pastorales del Santo Padre Francisco, principalmente con respecto al Matrimonio y la Eucaristía.
2º. Que el día de hoy, 16 de enero de 2017, el Señor Obispo convocó al Padre Luis Carlos Uribe Medina, para que explicara su posición doctrinal con respecto a las enseñanzas del Santo Padre. Este acto contó con la presencia de cuatro sacerdotes del clero diocesano.
3º. Que el Padre Luis Carlos Uribe Medina, en esa reunión persistió en su postura en contra del Santo Padre Francisco. Por lo tanto, para el Señor Obispo y los sacerdotes presentes, se concluyó de manera contundente, que el mencionado sacerdote se ha apartado públicamente de la comunión con el Papa y con la Iglesia.
4º. Que el canon 1.364 parágrafo 1 del Código de Derecho Canónico prescribe que: “el apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae”. El parágrafo 2 dice que “si lo requiere la contumacia prolongada o la gravedad del escándalo se pueden añadir otras penas, sin exceptuar la expulsión del estado clerical”. Además, a tenor del canon 194, par. 1 n.2, queda de propio derecho removido del oficio eclesiástico. Igualmente, el canon 751 define el cisma como “el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos”.
5º. Que el día 2 de enero de 2017, el Padre Luis Carlos Uribe Medina, sin comunicar a su Obispo y a ninguna autoridad diocesana, abandonó la Parroquia de Santa Cecilia en Pueblo Rico, Risaralda.
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO:
Se suspende al Padre Luis Carlos Uribe Medina, del ejercicio del ministerio sacerdotal.
ARTÍCULO SEGUNDO:
Se prohíbe al Padre Luis Carlos Uribe Medina, difundir sus ideas contrarias a la fe católica y a la disciplina eclesiástica.
ARTÍCULO TERCERO:
Se pide a los fieles de la Iglesia Católica no seguir las enseñanzas del mencionado sacerdote, en tanto no acepte la doctrina y enseñanzas del Vicario de Cristo.
ARTÍCULO CUARTO:
Se exhorta a los fieles a orar por el Padre Luis Carlos Uribe Medina para que retorne a la Unidad de la Iglesia.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Pereira, Risaralda, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil diecisiete.
+ RIGOBERTO CORREDOR BERMÚDEZ
Obispo de Pereira
Padre Alirio Raigosa Castaño
Canciller
Este es el audio arriba aludido, en el cual se escucha al suspendido sacerdote después de conocida la medida.