Fue en Mar-18-1976 la fecha en la cual la Secretaría de la Conferencia Episcopal Española comunicó publicamente, mediante una nota oficial, que la Santa Sede había respondido a la petición elevada por dicha conferencia sobre la posibilidad de autorizar en España la Comunión en la mano. Los términos en los que se comunicó la infausta nueva son los siguientes.
La Santa Sede ha concedido a España la práctica de distribuir la comunión en la mano por decreto de la Sagrada Congregación para los Sacramentos y el Culto Divino, fechado el 12 de febrero de 1976.
La autorización se ha dado a instancia del excelentísimo señor cardenal Vicente Enrique y Tarancón, arzobispo de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Española, el cual, conforme al acuerdo tomado en la XXIII Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, reunida en Los Negrales del 15 al 20 del pasado diciembre, elevó las preces a la Sagrada Congregación para los Sacramentos y el Culto Divino en carta fechada el 23 de enero.
Se concede conforme a las normas de la carta de la Sagrada Congregación a los presidentes de las Conferencias Episcopales que, en su preámbulo, dice: «Cada obispo, según su prudencia y conciencia, puede autorizar en su diócesis la introducción de este modo de distribuir la comunión.»
La concesión no suplanta la costumbre de recibir la Sagrada Forma en la boca, sino que Introduce, además de la existente, un nuevo modo. En lo sucesivo, los fíeles que se acercan a comulgar podrán optar libremente por recibir la comunión en la boca, como hasta ahora, o en la mano. Por ello el modo de distribuir la comunión consistirá en mostrar el sacerdote el pan consagrado, de tal manera que el fiel le sea posible comportarse según su deseo, extendiendo la mano o abriendo la boca, para que en ella sea depositada la sagrada Forma. Los ministros de la Eucaristía han de tener sumo cuidado en respetar la voluntad del comulgante y no deben violentar su sensibilidad ni imponer uno de los modos exclusivamente. El fiel que desea comulgar conforme a esta concesión no puede tomar por sí mismo la Sagrada Forma del copón o patena, sino que la recibirá del ministro en la mano y habrá de consumirla antes de retirarse del lugar donde la reciba.
El modo de comulgar recibiendo el Pan consagrado en la mano, para después llevárselo a la boca el mismo comulgante, no es nuevo en la Iglesia. Fue la práctica normal en la antigüedad cristiana, desaparecida después por la costumbre, que se hizo universal, de recibirlo directamente en la boca.
La Sagrada Congregación, por mandato del Sumo Pontífice, en su instrucción «Memoriale Domini» sobre el modo de administrar la Sagrada Comunión, del 29 de mayo de 1969, estableció que esta costumbre multisecular en la Iglesia no se modificara. Pero, al mismo tiempo, confió a las conferencias episcopales el encargo de examinar si, por algunas especiales circunstancias, convendría conceder, además, la práctica de administrar la comunión en la mano. Son, al menos, 37 las conferencias episcopales que la tienen ya concedida. A ellas se añade ahora la Española que, atendida la formación y madures litúrgica de los católicos españoles y dada la constante afluencia de turistas extranjeros, consideró oportuno, por una mayoría que sobrepasó en mucho los dos tercios de votos, solicitar de la Santa Sede dicha concesión.»
Aunque un tanto tarde: ¡Infelíz aniversario, España!
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