Una Voce Costa Rica cursa la siguiente invitación:

A finibus terrae laudes audivimus: “Gloria iusto”. Et dixi: “Secretum meum mihi, secretum meum mihi. Vae mihi!”. Praevaricantes praevaricati sunt et praevaricatione praevaricantium praevaricati sunt(Is 24,16)
Si la Comunión se recibe sólo bajo la especie de pan, el sacerdote, teniendo la Hostia un poco elevada, la muestra a cada uno, diciendo: El Cuerpo de Cristo. El que comulga responde: Amén, y recibe el Sacramento, en la boca, o donde haya sido concedido, en la mano, según su deseo.
Institutio Generalis Missalis Romani N° 161
“[...] todo fiel tiene siempre derecho a elegir si desea recibir la sagrada Comunión en la boca”
CCDDS
Instrucción Redemtionis Sacramentum N° 92
Mar-25-2004.
“No se obligará jamás a los fieles a adoptar la práctica de la comunión en la mano, dejando a cada persona la necesaria libertad para recibir la comunión o en la mano o en la boca.”
CCDDS
Notificación acerca de la comunión en la mano N° 7
Abril-03-1985
Prot. n. 720/85
Notitiae N° 226, Abril de 1985, pág. 263
“Ciertamente, es claro en los mismos documentos de la Santa Sede, que en las diócesis en donde el pan Eucarístico es puesto en las manos de los fieles, permanece aún intacto el derecho de los fieles de recibir el pan Eucarístico en la lengua.”
CCDDS
Respuesta a Pregunta Propuesta (por el P. Paul McDonald)
Notitiae N° 392-393, Marzo/Abril de 1999, pág. 160
Esta Congregación para el Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos desea acusar recibo de su carta fechada 22 de Junio de 2009 concerniente al derecho de los fieles de recibir la Sagrada Comunión en la lengua
Este Dicasterio observa que su instrucción Redemptionis Sacramentum (25 de Marzo de 2004) claramente estipúla que “todo fiel tiene siempre derecho a elegir si desea recibir la sagrada Comunión en la boca” (n. 92), ni es lícito negar la Sagrada Comunión a cualquier fiel Cristiano que no esté impedido por la ley de recibir la Santa Eucaristía (cf. n. 91)
CCDDS
Carta, Prot. N. 655/09/L
Jul-24-2009
Respuesta a consulta de un fiel de Gran Bretaña
Un nuevo caso de “cuando desperdicias la oportunidad de quedarte callado”.
Información de Revista Punto Edu, Jul-22-2012.
“La PUCP se rige por las leyes peruanas y no por el derecho canónico”
Nuestro rector, Marcial Rubio, actualmente de viaje, dialogó con .edu acerca del reciente decreto del Vaticano.
¿Qué implica la prohibición de utilizar los términos Pontificia y Católica?
Es un hecho lamentable para todos los que somos católicos y que termina haciendo daño a la misma Iglesia, especialmente en su relación con los jóvenes. No es la mejor muestra de tolerancia y respeto a las libertades que se decrete que una universidad católica no puede llamarse como tal, pero que sus bienes materiales sí. La PUCP tiene registrada la denominación de Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Este es nuestro nombre oficial y a través de él somos reconocidos nacional e internacionalmente. Tenemos el pleno derecho a seguir utilizándolo mientras lo consideremos conveniente. Cualquier decisión que se tome al respecto es potestad de los organismos de gobierno de la propia Universidad.
El decreto del Vaticano señala que la PUCP está sometida al derecho canónico y que su patrimonio posee la condición de bien eclesiástico, ¿cuál es su opinión al respecto?
Es una afirmación inexacta. La PUCP es una institución peruana, constituida en el Perú, inscrita como asociación civil y domiciliada en el Perú, que se rige por la legislación peruana y no por el derecho canónico. Por lo tanto, los bienes de la PUCP son propiedad de la PUCP y están protegidos por la Constitución y las leyes peruanas. Esto está claro hasta para el mismo Arzobispado de Lima que litiga contra nosotros en los tribunales peruanos pretendiendo administrar bienes que son nuestros y no de la Santa Sede.
¿Cómo queda, entonces, la relación de la PUCP con la Iglesia?
La PUCP es respetuosa de los valores católicos que han guiado por 95 años su existencia y todo el país es testigo de los esfuerzos que hemos hecho para hallar, mediante el diálogo, una solución integral a nuestras diferencias con la Iglesia. Lamentablemente, la gravedad de los términos planteados por el reciente decreto nos obligará a revisar la relación estatutaria que mantenemos con ella.
¿Cuál es su mensaje a la comunidad universitaria de la PUCP?
De tranquilidad. Todos los derechos y atribuciones de la PUCP están plenamente vigentes y todas nuestras actividades académicas y administrativas se seguirán conduciendo con absoluta normalidad. La Constitución y las leyes peruanas nos protegen. La PUCP otorga sus grados y títulos a nombre de la nación peruana porque así lo dispone la ley universitaria peruana. Nuestros profesores, estudiantes y trabajadores continuarán esforzándose por impulsar la excelencia académica puesta al servicio del país. A quienes somos autoridades, nos toca seguir defendiendo la autonomía y los legítimos derechos de la comunidad universitaria de la PUCP frente a cualquier intento externo de afectarlos.
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